Resolución Gerencia de Desarrollo Económico
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RESOLUCION GERENCIAL N° 026-2025-MDP/GDE
DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por JUAN MANUEL MENDOZA PEREZ en contra de la Resolución Gerencial N° 0010-2025-MDP/GDE [48044-1] de fecha 27 de Marzo del 2025, y se declara su nulidad por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Administrativa ...
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IMPONER al administrado VICTOR MANUEL CARHUAYA URBINA representante legal del establecimiento comercial “HALLPA” con giro/actividad comercial “EVENTOS SOCIALES Y CORPORATIVOS” , con dirección en la Av. Los Algarrobos S/N° Km. 4.5 Carretera Chiclayo - Pimentel, la sanción de MULTA del 100% de una UIT equivalente a S/.5,350.00 SOLES (CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), correspondiente a la infracción tipificada con el código 3002 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas por “EN CASO DE PROPIETARIOS DE LOCALES O ESTABLECIMIENTOS DONDE SE EFECTUAN EPECTACULOS PUBLICOS NO DEPORTIVOS, REALIZAR O PERMITIR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES SIN AUTORIZACIÓN MUNICIPAL”
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DECLARAR IMPROCEDENTE la petición del administrado VICTOR MANUEL CARHUAYA URBINA sobre declarar FUNDADO RECURSO DE RECONSIDERACIÓN y se revoque la Resolución Gerencial N° 000011-2025-MDP/GDE [48689] que declara de oficio la nulidad de la Licencia de Funcionamiento Municipal Indeterminada N° 000898 otorgada a la razón social “INVERSIONES MOZAC S.A.C.” con nombre comercial “MALA HIERBA”.
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DECLARAR “IMPROCEDENTE” el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento Municipal solicitado por el administrado OLGUIN ALBERTO CAJUSOL PEREZ para su local comercial “NARNIA” ubicado en el Km. 5.5 de la carretera Chiclayo – Pimentel, el cual tendría como giro de la actividad comercial el de “EVENTO, RECEPCIONES Y RESTAURANTE”; por las consideraciones detalladas en el contexto del Informe Técnico antes mencionado.
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IMPONER a la administrada MARIA DEVORA GALAN LLENQUE , conductora y propietaria del local autodenominado “EL TIO MARCIAL”, ubicado en la prolongación Quiñonez Mz “Q” Lote N° 10 - Pimentel, la sanción de MULTA del 100% de una UIT equivalente a S/.5,350.00 SOLES (CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), correspondiente a la infracción tipificada con el código 1001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas “POR REALIZAR ACTIVIDADES O ESPECTACULOS PÚBLICOS EN LOCALES SIN LA LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA Y/O NO TENER EL PERMISO CORRESPONDIENTE respectivamente”.
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DECLARAR de oficio la nulidad de la Autorización Municipal de Instalación de Anuncio Publicitario No. 002-2024-MDP del 07 de febrero de 2024, documento con el cual se autorizó al Sr. IVAN ARTURO SAAVEDRA VITERI la “INSTALACIÓN DE PUBLICIDAD”, en la carretera Pimentel – Chiclayo Km. 5, frente a la canchita el "Deportivo Club" (frente a la USS), por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME TECNICO N° 000032-2025-MDP/GDE-SGCLCS [50985 - 0] del 25 de abril de 2025.
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DECLARAR “IMPROCEDENTE” el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento Municipal solicitado por el administrado JULIO SANCHEZ ARANA para su local comercial “CENTRO RECREACIONAL CAMPESTRE LA FERIA CLUB, RECEPCIONES Y EVENTOS” o “CENTRO RECREACIONAL CAMPESTRE LA FERIA CLUB”, ubicado en el Km. 5.5 de la carretera Chiclayo – Pimentel, el cual tendría como giro de la actividad comercial el de “RESTAURANTE, RECEPCION Y EVENTOS”, por las consideraciones detalladas en el contexto del Informe Técnico antes mencionado.
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DECLARAR PROCEDENTE la petición de la solicitante LORENA DEL PILAR BERNAL ALVA con DNI 48096595 para la adjudicación del PUESTO N° 42 – RUBRO PESCADO del Mercado de Abastos de Pimentel, en concordancia con lo establecido en el Artículo 132° del TUO de la Ley 27444, con la OM N° 089-2007-MDP y por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME 000083-2025-MDP/GDE-PAMA, de fecha 01 de abril de 2025.
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DEJAR SIN EFECTO la Licencia de Funcionamiento Municipal Indeterminada N° 00092 del local con nombre comercial “UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS”, emitida el 13 de marzo de 2006, ubicado en La Garita "Fundo La Joyita" -Pimentel, en concordancia con lo establecido en el Artículo 4° Ley N° 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME 000047-2025-MDP/GDE-SGCLCS-LSMF [49462-1], de fecha 11 de abril de 2025.
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DECLARAR PROCEDENTE la petición de la solicitante IRMA MARTINEZ CALVAY con DNI 42109761 para la adjudicación del PUESTO N° 38 – RUBRO POLLO del Mercado de Abastos de Pimentel, en concordancia con lo establecido en el Artículo 132° del TUO de la Ley 27444, con la Ordenanza Municipal N° 089-2007-MDP y por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME 000084-2025-MDP/GDE-PAMA, de fecha 01 de abril de 2025.
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APROBAR, el PLAN DE FISCALIZACION MUNICIPAL N° 001-2015-MDP/GDESGCLCS, que consta de 13 (trece) folios.
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DESIGNAR como Fiscalizadores de la Sub Gerencia de Comercio, Licencias y Control Sanitario de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Distrital de Pimentel con eficacia anticipada al 01 de abril de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, al siguiente personal:
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DEJAR SIN EFECTO la Licencia de Funcionamiento Municipal Indeterminada N° 000033 del local con nombre comercial "HOSPEDAJE LA PLATA" emitida el 10 de julio del 2019, ubicado en Calle Dinar N°180 Urb. La Plata del Distrito de Pimentel, en concordancia con lo establecido en el Artículo 4° Ley N° 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME 000042-2025-MDP/GDE-SGCLCS-LSMF, de fecha 07 de abril de 2025.
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DEJAR SIN EFECTO la Licencia de Funcionamiento Municipal Indeterminada N° 000213 del local con nombre comercial "BAZAR BAYWATCH" emitida el 09 de julio del año 2020, ubicado en Calle José Quiñones N°516 del Distrito de Pimentel, en concordancia con lo establecido en el Artículo 4° Ley N° 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME 000035-2025-MDP/GDE-SGCLCS-LSMF, de fecha 31 de marzo de 2025.
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DESIGNAR como Fiscalizadores de la Sub Gerencia de Comercio, Licencias y Control Sanitario de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Distrital de Pimentel con eficacia anticipada al 01 de abril de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, al siguiente personal:
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DECLARAR de oficio la nulidad de la Licencia de Funcionamiento Municipal Indeterminada No. 000898, otorgada a la razón social “INVERSIONES MOZAC S.A.C”, con nombre comercial “MALA HIERBA”, con giro/actividad “BAR RESTAURANTE”, con dirección del local el Km. 4.5 calle Los Algarrobos – Quinta La Joyita y como representante legal a la persona de CYNDI PHIORELLA ZUÑIGA RIVERA.
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IMPONER al administrado JUAN MANUEL MENDOZA PEREZ con DNI. 48041370, conductor y titular del local auto denominado “CENTRO DE ESPARCIMIENTO RIBERA DEL MAR - CORALINA”, ubicado en la Prolongación Ca. Rivera del Mar S/N con Intersección Ca. Los Rosales - Pimentel, la sanción de MULTA del 25 % de una UIT equivalente a S/.1,287.50 SOLES (MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CINCUENTA 50/100 SOLES), correspondiente a la infracción tipificada con el código 1116 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas “POR NO CONTAR CON INSPECCION TECNICA DE SEGURIDAD VIGENTE”.
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DECLARAR PROCEDENTE la petición de la solicitante NELLY ROSARIO REYES VINCES con DNI 16418493 para la adjudicación del PUESTO N° 53 – RUBRO FRUTAS del Mercado de Abastos de Pimentel, en concordancia con lo establecido en el Artículo 132° del TUO de la Ley 27444, con la OM N° 089-2007-MDP y por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME 000061-2025-MDP/GDE-PAMA, de fecha 20 de marzo de 2025.
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DECLARAR de oficio la nulidad de la Autorización Municipal de Instalación de Anuncio Publicitario No. 000005-2025-MDP/GDE-SGCLCS del 25 de febrero de 2025, con SISGEDO No. 44236-2, documento con el cual se autorizó a la empresa PROCASA NORTE CHICLAYO SAC la “INSTALACION DE PUBLICIDAD”, en la carretera Chiclayo – Pimentel a 330 metros aproximadamente del ingreso al Distrito de Pimentel.
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IMPONER al administrado RUFINO BARRIENTOS CACERES con DNI. 03871800, conductor y titular del local auto denominado “SANTO DIABLO”, ubicado en la calle Quiñonez N° 101 - Pimentel, la sanción de MULTA del 30% de una UIT equivalente a S/.1,545.00 SOLES (MIL QUINIENTOS CUARENTAICINCO Y 00/100 SOLES), correspondiente a la infracción tipificada con el código 1001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas “POR ABRIR ESTABLECIMIENTO SIN CONTAR CON LA RESPECTIVA LICENCIA MUNICIPAL”.
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DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Impugnativo de Reconsideración presentado por el administrado EMERSON JOEL TORRES OCAÑA contra la Resolución Gerencial No. 000002-2025-MDP/GDE que declaró improcedente la Aplicación de Silencio Administrativo Positivo respecto a su solicitud de “LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL” para su local comercial restaurante y de servicio móvil de comidas ubicado en el sector Las Rocas del Distrito de Pimentel.
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DESIGNAR como Fiscalizador de la Sub Gerencia de Comercio, Licencias y Control Sanitario de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Distrital de Pimentel con eficacia anticipada al 01 de marzo de 2025 hasta el 31 de marzo de 2025, al siguiente personal:
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DECLARAR IMPROCEDENTE la petición del administrado JENY ENITH CELIS CASTILLO, sobre la aplicación del Silencio Administrativo Positivo respecto a su requerimiento de AMPLIACION DE RUBRO PARA VENTA DE SNACKS PREPARADOS, ubicado en el interior del muelle del Distrito de Pimentel; por las consideraciones detalladas en el contexto del Informe Técnico No. 000011-2025- MDP/GDE/SGCLCS de fecha 17 de febrero de 2025, documento que forma parte de la presente resolución.
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DEJAR SIN EFECTO la Licencia de Funcionamiento Municipal Indeterminada N° 000610 del local con nombre comercial RESTAURANT “EL OSKAR” emitida el 10 de enero del 2022, ubicado en Psje San Martin S/N del Distrito de Pimentel, en concordancia con lo establecido en el Artículo 4° Ley N° 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME 000027-2025-MDP/GDE-SGCLCS-USJL, de fecha 12 de febrero de 2025.
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DECLARAR IMPROCEDENTE la petición del administrado EMERSON JOEL TORRES OCAÑA, sobre la aplicación del Silencio Administrativo Positivo respecto a su requerimiento de LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA BAR RESTAURANTE ubicado en el sector Las Rocas del Distrito de Pimentel; por las consideraciones detalladas en el contexto del Informe Técnico No. 000008-2025- MDP/GDE/SGCLCS de fecha 10 de febrero de 2025, documento que forma parte de la presente resolución.
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DESIGNAR como Fiscalizadores de la Sub Gerencia de Comercio, Licencias y Control Sanitario de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Distrital de Pimentel con eficacia anticipada al 01 de febrero de 2025 por DOS (02) meses, al siguiente personal:
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DECLARAR de oficio la REVERSIÓN del PUESTO N° 59 - RUBRO FRUTA del Mercado de Abastos de Pimentel, en concordancia con lo establecido en el Artículo 47° de la O.M. N° 089-2007-MDP y por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME TÉCNICO N°000151-2024-MDP/GDE-PAMA [20742 - 3] de fecha 18 de julio de 2024.
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DECLARAR PROCEDENTE la petición de la solicitante RUTH TATIANA TAHUA HENOSTROZA con DNI 43927741 para la adjudicación del PUESTO N° 37 – RUBRO POLLO del Mercado de Abastos de Pimentel, en concordancia con lo establecido en el Artículo 132° del TUO de la Ley 27444, con la OM N° 089-2007-MDP y por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME TÉCNICO N°000143-2024-MDP/GDE-PAMA [22628-8] del 11 de julio de 2024.
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IMPONER a la persona jurídica “LOFF EVENTOS LOGISTIC S.A.C”, sito en el Km. 5.5 de la carretera al Distrito de Pimentel Sector La Garita, representado legalmente por su Gerente General RAUL FLORES ALVITEZ, la sanción de MULTA del 100% de una UIT equivalente a S/. 5,150.00 SOLES (CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), por haber incurrido en la infracción administrativa tipificada con el código 3001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Pimentel, “POR REALIZAR ACTIVIDADES O ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN LOCALES SIN LA LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA Y/O NO TENER EL PERMISO CORRESPONDIENTE”.
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IMPONER a la persona jurídica “LOFF EVENTOS LOGISTIC S.A.C”, sito en el Km. 5.5 de la carretera al Distrito de Pimentel Sector La Garita, representado legalmente por su Gerente General RAUL FLORES ALVITEZ, la sanción de MULTA del 100% de una UIT equivalente a S/. 5,150.00 SOLES (CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), por haber incurrido en la infracción administrativa tipificada con el código 3001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Pimentel, “POR REALIZAR ACTIVIDADES O ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN LOCALES SIN LA LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA Y/O NO TENER EL PERMISO CORRESPONDIENTE”.
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ACEPTAR la cancelación que realizó el administrado CARLOS BOBADILLA SANCHEZ, representante legal del local autodenominado “ATN” ubicado en el K.M. 5.5 SECTOR LA GARITA/HUERTECITA, el importe por la suma de S/. 772.50 SOLES (SETECIENTOS SETENTA Y DOS SOLES CON CINCUENTA CENTAVOS) correspondientes al 50% de la MULTA del 30% de una UIT equivalente a S/. 1,545.00 SOLES (UN MIL QUIÑENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), correspondiente a la infracción tipificada con el código 1001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas “POR ABRIR ESTABLECIMIENTO SIN LA RESPECTIVA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL”.
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DECLARAR de oficio la nulidad de la Licencia de Funcionamiento Municipal Temporal No. 000703 del 27 de octubre de 2022, otorgada a la razón social “QUISPE MONTENEGRO ERICA LILIANA” con nombre comercial “360 LICORERIAS”, con giro de actividad “MARKET LICORERIA”, ubicado en el Km. 5.5 de la carretera a Pimentel.
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IMPONER al administrado WALTER NORBIL RAMOS REAÑO, propietario del local autodenominado “CASA NAPOLES”, ubicado a inmediaciones del Km. 8 de la carretera a Pimentel, la sanción de MULTA del 100% de una UIT equivalente a S/. 5,150.00 SOLES (CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), correspondiente a la infracción tipificada con el código 3001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas POR REALIZAR ACTIVIDADES O ESPECTACULOS PUBLICOS EN LOCALES SIN LA LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA Y/O NO TENER EL PERMISO CORRESPONDIENTE.
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DECLARAR de oficio la nulidad de la Licencia de Funcionamiento Municipal No. 000882 otorgada a la razón social “WILMER RAFAEL BAUTISTA” con nombre comercial “TUMI MARKET E.I.R.L.”, con Giro/Actividad “LICORERIA”, el cual se encontraba ubicado en el Km. 3.5 de la carretera a Pimentel, espalda de la Av. Pacífico No. 419 - Sector La Garita, por las consideraciones detalladas en el contexto del Informe Técnico N° 000038-2024-MDP/GDE-SGCLCS del 17 de junio de 2024.
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DEJAR SIN EFECTO la Licencia Municipal de Funcionamiento N°000849 de fecha 15/08/2023, con expediente N° 11879-2023 al establecimiento “A FUEGO & GRILL”, ubicado en URB. LOS SAUCES PRIMERA ETAPA MZ "A" LOTE "09" - SECTOR LOS SAUCES - PIMENTEL, quien es el titular el SR. ALEXANDER ROYSTER GALLARDO RONCAL.
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IMPONER a la persona jurídica “LOFF EVENTOS LOGISTIC S.A.C”, sito en el Km. 5.5 de la carretera al Distrito de Pimentel Sector La Garita, representado legalmente por sus Gerente General RAUL FLORES ALVITEZ, la sanción pecuniaria de “MULTA” del 50% de una UIT equivalente a DOS MIL QUIÑENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/. 2,575.00 SOLES), por haber incurrido en la infracción administrativa signada con el código 1011 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Pimentel “POR COMETER DESACATO A LA ORDEN DE CLAUSURA DEL LOCAL”.
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DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Impugnativo de Apelación presentado por el administrado FRANK MILLER FLORES GALLARDO contra la NOTIFICACION 0000908 de fecha 12 de abril de 2024, documento con el cual se notificó al representante del local denominado “EL BUNKER” ubicado en la Urb. La Pradera Mzna. “J” Lote 1, la infracción administrativa con el código 3003 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Pimentel, imputada mediante el ACTA DE CONSTATACIÓN No. 000472; por las consideraciones detalladas en el contexto de la presente resolución y a lo expuesto en el INFORME N° 000080-2024-MDP/GDE-SGCLCS de fecha 13 de mayo de 2024.
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DECLARAR IMPROCEDENTE la petición del administrado PAUL JOEL CRUZ SAAVEDRA COLMENARES sobre la deducción del Silencio Administrativo Positivo relacionado a la solicitud de la nulidad del ACTA DE CONSTATACIÓN No. 423 Y NOTIFICACION No. 876 de fecha 24 de febrero, por las consideraciones detalladas en el contexto del INFORME TECNICO No. 000032-2024-MDP/GDE-SGCLCS del 15 de mayo de 2024.
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IMPONER a la administrada MARIA BISPO DOS SANTOS DE ZUÑE, representante legal del local denominado “CENTRO DE ESPARCIMIENTO BAHIA” (BAHIA CLUB), ubicado en el sector “LA GARITA” Km. 7.6 carretera a Pimentel, la infracción administrativa tipificada con el código 3003 por “REALIZAR ACTIVIDADES CON GIRO DISTINTO AL AUTORIZADO EN EL PERMISO O LICENCIA”.
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IMPONER al administrado PAUL JOEL CRUZ SAAVEDRA COLMENARES, representante del “HOTEL PUERTO DEL SOL” cuya razón social es “GRAN HOTEL PUERTO DEL SOL E.I.R.L”, ubicado en la calle Manuel Seoane No. 916 – Pimentel, la sanción de MULTA del 100% de una UIT equivalente a S/. 5,150.00 SOLES (CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), correspondiente a la infracción cometida tipificada con el código 3003 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Pimentel por “REALIZAR ACTIVIDADES CON GIRO DISTINTO AL AUTORIZADO EN EL PERMISO O LICENCIA”.
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IMPONER al administrado RODRIGO JESUS TORRES PASTOR representante legal del local denominado “PALO SANTO ECO LOUNGE” ubicado en el Km. 5.5 carretera a Pimentel – Ex Quinta La Ponderosa-Pimentel, la sanción de MULTA del 100% de UNA UIT equivalente a CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/. 5,150.00 SOLES) por encontrarse incurso en la infracción administrativa tipificada con el CÓDIGO 3002 (“EN CASO DE PROPIETARIOS DE LOCALES O ESTABLECIMIENTOS DONDE SE EFECTÚEN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS, REALIZAR O PERMITIR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES SIN AUTORIZACION MUNICIPAL”) del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Pimentel.
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RECTIFICAR DE OFICIO el error material incurrido en la Resolución Gerencial No. 000011-2024-MDP/GDE de fecha 20 de marzo de 2024, debiendo mantenerse de la siguiente manera:
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IMPONER al administrado PAUL JOEL CRUZ SAAVEDRA COLMENARES, representante del “HOTEL PUERTO DEL SOL” cuya razón social es “GRAN HOTEL PUERTO DEL SOL E.I.R.L”, ubicado en la calle Manuel Seoane No. 916 – Pimentel, la sanción de MULTA del 100% de una UIT equivalente a S/. 5,150.00 SOLES (CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), correspondiente a la infracción cometida tipificada con el código 3003 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Pimentel por “REALIZAR ACTIVIDADES CON GIRO DISTINTO AL AUTORIZADO EN EL PERMISO O LICENCIA”
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DECLARAR de oficio la nulidad de la Licencia de Funcionamiento Municipal Indeterminada No. 000953 del 09 de febrero de 2024, otorgada a la razón social “GROUP ZABARA S.A.C con nombre comercial “MARA ECOLOUNGE”, con giro de actividad “CENTRO DE ESPARCIMIENTOS Y EVENTOS”
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IMPONER a la administrada ERIKA RUTH BACA GOMEZ, representante legal del local denominado “MARA” ubicado en la Prolongación Bolognesi No. 2016 – Pimentel, la sanción de MULTA del 30% de una UIT equivalente a S/. 1,545-00 SOLES (UN MIL QUIÑENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por encontrarse incurso en la infracción administrativa tipificada con el código 1001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Pimentel, “POR ABRIR ESTABLECIMIENTO SIN LA RESPECTIVA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO”, al haberse constatado el día 21 de enero de 2024 a horas 01.15, que en dicho local se encontraba atendiendo al público como discoteca bar sin tener la respectiva Licencia de Funcionamiento Municipal.
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IMPONER al administrado RAUL FLORES ALVITEZ, representante legal del local denominado “LA FERIA”, la sanción de MULTA del 30% de una UIT equivalente a S/. 1,545.00 SOLES (UN MIL QUIÑENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por encontrarse incurso en la infracción administrativa tipificada con el código 1001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Pimentel, “POR ABRIR ESTABLECIMIENTO SIN LA RESPECTIVA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL”.
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Declarar IMPROCEDENTE la aplicación del Silencio Administrativo Positivo respecto a la petición del administrado GERARDO ALFREDO NAVARRETE MORENO presentado el 12 de marzo de 2024 con relación a su requerimiento de LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA RESTAURANT “LAS TERRAZAS DE PIMENTEL” ubicado en la calle Rivera del Mar No. 164 (2do. piso del Centro Turístico) del 20 de enero de 2023.
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DEJAR SIN EFECTO la Licencia Municipal de Funcionamiento N°000803 de fecha 26/05/2023, con expediente N°7133-2023 al establecimiento “EL PRIVILEGE”, ubicado en la Av. Prolongación francisco Bolognesi n.º 2016, en el sector la garita de Pimentel, quien es el titular el Sr. Cesar Josue Cubas Peralta.
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Imponer al administrado RAUL FLORES ALVITEZ, representante legal del local denominado “LA FERIA”, la sanción de MULTA del 100% de una UIT equivalente a S/. 5,150.00 SOLES (CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), por encontrarse incurso en la infracción administrativa tipificada con el código 3001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Pimentel, “POR REALIZAR ACTIVIDADES O ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN LOCALES SIN LA LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA Y/O NO TENER EL PERMISO CORRESPONDIENTE”.
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 010-2024-MDP/GDE
DESIGNAR como Fiscalizadores de la Sub Gerencia de Comercio, Licencias y Control Sanitario de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Distrital de Pimentel con eficacia anticipada al 02 de enero de 2024 hasta el 31 de julio del mismo año, al siguiente personal:
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 009-2024-MDP/GDE
Imponer a la administrada KARINA SEGURA PACHECO, representante legal del local denominado “EL BUNKER”, la sanción de MULTA del 30% de una UIT equivalente a S/. 1,545-00 SOLES (UN MIL QUIÑENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por encontrarse incursa en la infracción administrativa tipificada con el código 1001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Pimentel, “POR ABRIR ESTABLECIMIENTO SIN LA RESPECTIVA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO”, al haberse constatado el día 02 de Febrero de 2024 a horas 22:38, que en dicho local se encontraba realizando un evento público no deportivo sin tener la respectiva autorización municipal ni Licencia de Funcionamiento.
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 008-2024-MDP/GDE
Imponer al administrado PAUL JOEL CRUZ SAAVEDRA COLMENARES, representante del “HOTEL PUERTO DEL SOL” cuya razón social es “GRAN HOTEL PUERTO DEL SOL E.I.R.L”, ubicado en la calle en la calle Manuel Seoane No. 916 – Pimentel, la sanción de MULTA del 100% de una UIT equivalente a S/. 5,150.00 SOLES (CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), correspondiente a la infracción cometida tipificada con el código 3003 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Pimentel por “REALIZAR ACTIVIDADES CON GIRO DISTINTO AL AUTORIZADO EN EL PERMISO O LICENCIA”.
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 007-2024-MDP/GDE
Imponer al administrado GERARDO ALFREDO NAVARRETE MORENO, representante del local denominado “LAS TERRAZAS” ubicado en la calle Rivera del Mar No. 164 (segundo piso del Complejo Turístico del Distrito de Pimentel) la sanción de MULTA del 30% de una UIT equivalente a S/. 1,545.00 SOLES (UN MIL QUIÑENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), correspondiente a la infracción cometida tipificada con el código 1001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Pimentel (POR ABRIR ESTABLECIMIENTO SIN LA RESPECTIVA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO).
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 006-2024-MDP/GDE
Declarar IMPROCEDENTE la aplicación del Silencio Administrativo Positivo respecto a su expediente presentado para “LA ACTUALIZACION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL” para su local comercial “GRAN HOTEL PIMENTEL E.I.R.L, solicitado por el administrado PAUL JOEL CRUZ SAAVEDRA COLMENARES.
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 005-2024-MDP/GDE
DEJAR SIN EFECTO la Licencia Municipal de Funcionamiento N°000781 de fecha 17/03/2023, con expediente N°3672-2023 al establecimiento “EL PANA” de RUC 10454241458 ubicado en la carretera Pimentel K.m 5.5, en el sector las pampas de Pimentel, quien es el titular el Sr. Darwin Arostegui Mayanga.
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 004-2024-MDP/GDE
Denegar el otorgamiento de la actualización de la Licencia Municipal de Funcionamiento solicitado por el administrado PAUL JOEL CRUZ SAAVEDRA COLMENARES de su local comercial “HOTEL PUERTO DEL SOL”, ubicado en la calle Manuel Seoane No. 916 – Pimentel para el funcionamiento como “HOTEL RESTAURANTE Y EVENTOS”, por las consideraciones detalladas en el contexto del Informe Técnico No. 005-2024- MDP/GDE/SGCLCS de fecha 28 de febrero 2024 formulado por la Sub Gerencia de Comercio, Licencias y Control Sanitario de la Municipalidad Distrital de Pimentel.
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 003-2024-MDP/GDE
Denegar el otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento solicitado por el administrado RAUL FLORES ALVITEZ para Restaurante, Recepciones y Eventos para su local “LA FERIA CLUB” ubicado en la carretera a Pimentel Km. 5,5 – Pimentel, por las consideraciones detalladas en el contexto del Informe Técnico No. 004-2024- MDP/GDE/SGCLCS de fecha 26 de febrero 2024 formulado por la Sub Gerencia de Comercio, Licencias y Control Sanitario de la Municipalidad Distrital de Pimentel.
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 002-2024-MDP/GDE
Imponer al administrado RAUL FLORES ALVITEZ representante del local denominado “LA FERIA” sito en la carretera a Pimentel Km. 5.5 – Pimentel la sanción de MULTA del 100% de una UIT, correspondiente a la infracción cometida tipificada con el código 3001 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Pimentel (por realizar actividades o espectáculos públicos en locales sin la licencia municipal de apertura y/o no tener el permiso correspondiente).
VER DOCUMENTORESOLUCION GERENCIAL N° 001-2024-MDP/GDE
Imponer al administrado PAUL JOEL CRUZ SAAVEDRA COLMENARES, representante legal del local denominado “GRAN HOTEL PUERTO DEL SOL” sito en la calle Manuel Seoane No. 916 – Pimentel, la sanción de MULTA del 100% de una UIT, correspondiente a la infracción cometida tipificada con el código 3003 del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (por realizar actividades con giro distinto al autorizado en el permiso o licencia).
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